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14 de Julio de 2009
Comité Internacional de CNC Analiza los Convenios Chilenos por Doble Tributación
“Acuerdos de Doble Tributación: Una Oportunidad Al Comercio Exterior De Chile”, fue denominado el foro organizado por el Comité Internacional de la CNC para conocer en detalle los convenios nacionales suscritos, que evitan este tipo de gravámenes y los beneficios que de estos de desprenden.

 

El presidente de la CNC, Carlos Eugenio Jorquiera, en su discurso inaugural explicó que Chile ha suscrito numerosos acuerdos con otros gobiernos para evitar la doble tributación en relación a ciertos impuestos sobre la renta y el patrimonio”.

“Uno de los objetivos más importantes que se pretende alcanzar al suscribir estos acuerdos es dar a los inversores un marco legal de mayor certeza en cuanto al régimen tributario aplicable. Protegen de la discriminación tributaria a los residentes de un país que desarrolla actividades en el otro y establecen un procedimiento para resolver, en la medida de lo posible, las disputas tributarias que se produzcan en la aplicación del convenio”, sostuvo Jorquiera.

En el foro expuso Liselott Kana, Jefa del Departamento de Normas Internacionales, SII, quien explicó en detalle los convenios de doble tributación suscritos con Canadá, México, Brasil, Perú, Dinamarca y España.

Por su parte Luis Alberto Werner, Presidente Comisión Tributaria, sostuvo que existen ciertos procedimientos que se contemplan para aminorar o eliminar la doble tributación:

El primero de estos es que se concede la potestad tributaria exclusiva a uno de los dos estados contratantes, basándose en el criterio de residencia de la empresa o de la fuente de la renta, para el caso de determinadas rentas.

El segundo es que se concede la potestad tributaria a ambos estados contratantes, pero estableciendo una tasa límite con la cual el estado de la fuente puede gravar determinadas rentas (intereses, regalías).

Y por último se contempla una norma en la cual los estados contratantes se comprometen a evitar la doble tributación entre ellos, a través de la concesión de créditos o exenciones por los impuestos pagados en el otro estado contratante.

Para revisar el acuerdo, piche aquí

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Luis Alberto Werner, Presidente Comisión Tributaria.
Liselott Kana, Jefa del Departamento de Normas Internacionales,
SII.
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