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CNC informa sobre funcionamiento del comercio el primero de mayo

30/04/2015
genericaCon motivo del Día Internacional de los Trabajadores, la Cámara Nacional de Comercio, Servicios y Turismo de Chile (CNC) envió a sus asociados un informativo con el detalle de las normas relativas al funcionamiento del comercio para el próximo 1 de mayo.

 

El gremio recordó que, por disposición del Código del Trabajo sobre jornada de trabajo de los dependientes del comercio, el viernes 1 de mayo es feriado obligatorio e irrenunciable para los trabajadores del sector.De acuerdo al artículo 36 de Código del Trabajo, el descanso de los trabajadores del comercio dependiente, debe iniciarse a más tardar a las 21.00 horas del jueves 30 de abril, y terminar a las 06.00 horas del sábado 2 de mayo. La excepción a esta ley son los locales atendidos por sus propios dueños y aquellos que pertenezcan a los rubros de entretenimiento (restaurantes, clubes, cines, casinos de juegos, entre otros), expendio de combustibles y farmacias de urgencia o con turno fijado por la autoridad sanitaria.

La CNC hizo un llamado a las empresas a cumplir con la normativa, para que los trabajadores puedan celebrar en la fecha con sus familias.

El incumplimiento de la normativa será sancionado con multa a beneficio fiscal de: 5 UTM por cada trabajador afectado si el empleador tuviere contratados hasta 49 trabajadores; 10 UTM por cada trabajador afectado si el empleador tuviere contratados de 50 a 199 y 20 UTM por cada trabajador afectado si el empleador tuviere contratados 200 o más dependientes.

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