CNC realizó conversatorio con la Seremi del Trabajo acerca del funcionamiento y alcances de la ley de protección al empleo | CNC

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CNC realizó conversatorio con la Seremi del Trabajo acerca del funcionamiento y alcances de la ley de protección al empleo

29/04/2020
  • En la instancia, los asistentes pudieron informarse acerca de esta legislación y exponer sus dudas las que fueron contestadas por la autoridad.

Denisse Madrid, Seremi del Trabajo y Previsión Social de la Región Metropolitana participó en un conversatorio (descargar presentación) con los socios CNC acerca del funcionamiento de la ley de protección del empleo, cuerpo legal que, comenzó a regir el 6 de abril, aunque aún se están tramitando en la comisión mixta algunas modificaciones.

En la oportunidad, la Seremi explicó en detalle las implicancias de esta ley, la que fue creada con la finalidad de proteger la fuente laboral de los trabajadores permitiéndoles acceder a las prestaciones del seguro de cesantía sin poner término a su contrato.

Durante el conversatorio comentó que esta legislación ofrece tres alternativas: suspensión del contrato de trabajo por acto de la autoridad, pacto de acuerdo de suspensión del contrato de trabajo y pacto de reducción temporal de la jornada de trabajo. Estas modalidades benefician a los trabajadores que cotizan para el seguro de cesantía y las trabajadoras de casa particular que se vean afectadas por esta situación.

La Seremi explicó que implica la suspensión del contrato de trabajo por acto de autoridad, donde se suspende la relación laboral o contrato por el solo efecto de la ley cuando la autoridad declara la paralización de las actividades económicas de manera temporal para el país o una zona en particular. Esto quiere decir que, para el trabajador cesa temporalmente la obligación de prestar sus servicios y para el empleador, la obligación de pagar la remuneración. El trabajador recibe remuneración con cargo al seguro de cesantía y no se podrá despedir a los trabajadores por razones de fuerza mayor.

Por otra parte, la autoridad consignó que el pacto de suspensión del contrato, que rige para los empleadores cuya actividad se vea afectada, total o parcialmente por la crisis Covid 19, permite a estos acordar con sus trabajadores la suspensión temporal de sus contratos.

También expuso en que consiste el pacto de reducción temporal de la jornada de trabajo en el cual los empleadores podrán acordar con sus trabajadores de manera individual o colectiva la reducción de hasta el 50% de la duración de su jornada de trabajo y que el empleador pagará la remuneración de acuerdo a las horas efectivamente trabajadas y las cotizaciones previsionales proporcionales. La Seremi también explicó quienes no pueden acceder a esta ley y como estos pactos deben inscribirse en la Dirección del Trabajo.

En la instancia, la autoridad también respondió dudas de los asistentes, en especial acerca de cómo acogerse a los beneficios de esta ley. Al terminar el conversatorio, la Seremi relevó la importancia de que los gremios empresariales son entes fundamentales para dar a conocer los alcances de esta ley y su correcto uso a las empresas.

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