Más de 500 personas participaron en conversatorio sobre modernización tributaria organizado por el Centro Mi Pyme Cumple | CNC

Buscador

Más de 500 personas participaron en conversatorio sobre modernización tributaria organizado por el Centro Mi Pyme Cumple

15/09/2020
  • Con éxito se realizó esta charla virtual, donde expusieron Hernán Garay, jefe del Departamento de Asistencia al Contribuyente del SII, quien se re refirió a los nuevos regímenes de tributación y Víctor Pavez, Director Académico de Thomson Reuters, quien explicó las características específicas de cada sistema.

 

Con la finalidad de contribuir a colaborar con la información que las pymes necesitan para cumplir con sus obligaciones tributarias, es que el Centro Mi Pyme Cumple organizó el conversatorio Modernización Tributaria: Transición desde año Comercial 2019 al 2020. En la oportunidad, al presentar el conversatorio, Alejandro Tapia, jefe del Área de Estudio y Análisis de la Dirección de Grandes Contribuyentes del SII, señaló que el objetivo principal de esta charla es poner a disposición de los contribuyentes toda la información necesaria para que estos puedan cumplir con sus obligaciones, ya que ha habido diversos cambios en la normativa tributaria a raíz de la implementación de la ley de modernización tributaria, esto con la finalidad de apoyar a las pymes del país y que estos conversatorios permiten  transmitir los beneficios de los regímenes y los requisitos con los cuales las empresas pueden inscribirse.

Los relatores del webinar que congregó a más de 500 personas, fueron Hernán Garay, jefe del Departamento de Asistencia al Contribuyente del SII, quien se refirió a los nuevos regímenes de tributación y Víctor Pavez, Director Académico de Thomson Reuters, quien explicó las características específicas de cada sistema.

Garay en su exposición, explicó qué es un régimen tributario y qué tipo de contribuyentes deben tenerlo, así como las modificaciones que la Ley de Modernización Tributaria realizó a los Regímenes Tributarios que afectan a los contribuyentes de Primera Categoría, con vigencia a contar del 1 de enero de 2020. Así, explicó como el régimen general semi integrado, establecido en la letra A) del artículo 14 de la LIR; determina su renta efectiva en base a contabilidad completa, y se grava con tasa del 27%, según el inciso 1 del Art. 20 de la LIR.

Asimismo, el régimen propyme, se encuentra establecido en el N° 3, de la letra D) del Art. 14, enfocado a micro, pequeños y medianos contribuyentes (Pyme), que determinan su resultado tributario, como norma general, en base a ingresos percibidos y gastos pagados, estando obligados a llevar contabilidad completa, y. están afectos al Impuesto de Primera Categoría (IDPC) con tasa del 25%, y sus propietarios tributarán en base a retiros, remesas o distribuciones efectivas, con imputación total del crédito por Impuesto de Primera Categoría en los impuestos finales que les afecten, salvo para aquellos propietarios que sean contribuyentes del Impuesto de Primera Categoría y no estén acogidos al régimen Pro Pyme.

Finalmente, Garay se refirió al régimen pro pyme transparente, que se encuentra enfocado a micro, pequeñas y medianas empresas (Pymes), cuyos propietarios son contribuyentes de impuestos finales (personas naturales con o sin residencia en Chile, o bien, personas jurídicas con residencia en el extranjero). En este caso, la empresa Pyme quedará liberada del Impuesto de Primera Categoría y sus propietarios deberán tributar con sus impuestos finales, según la base imponible determinada por la empresa. Determina su resultado tributario, como norma general, en base a ingresos percibidos y gastos pagados, estando liberada de llevar contabilidad completa con la posibilidad de llevar contabilidad simplificada. Los propietarios tributan con sus impuestos finales en base al resultado tributario determinado por la empresa en el mismo año en que éste se genere. Para posteriormente referirse a como se efectúan los cambios de regímenes.

Por su parte, Víctor Pavez, Director Académico de Thomson Reuters, expuso sobre los aspectos prácticos de los regímenes tributarios, analizando la situación de las pymes y por qué optar por un régimen u el otro. Así, mencionó que para acogerse al régimen propyme general, no es necesario que los ingresos brutos de la empresa, en los últimos 3 años, no excedan de 75.000 UF, incluyendo los ingresos de sus relacionados. Asimismo, ese promedio podrá excederse una sola vez, pero en ningún caso más allá de 85.000 UF.

De la misma forma, el régimen propyme transparente, aunque libera de llevar contabilidad completa, igualmente permite optar a ella, quedando la empresa liberada del impuesto de primera categoría, no aplicando la tasa por dicho tributo.

Finalmente, respecto al régimen general semi integrado, los propietarios igualmente tributarán en base a retiros, remesas o distribuciones efectivas, con una imputación parcial (del 65%) del crédito por impuesto de primera categoría, en los impuestos finales que les afecten. En este caso, la empresa no podrá ser clasificada como pyme para optar a él.

El conversatorio finalizó con unas palabras de cierre de Sebastián Hurtado, extendiendo la invitación a las Pymes a participar del Programa de Asesorías Jurídicas programado para el segundo semestre y realizado por el Centro Mi Pyme Cumple en alianza con la Clínica Jurídica Derecho UC, y que ofrece orientación legal y asesorías jurídicas gratuitas a las empresas, en temas relacionados con derecho laboral, derecho tributario y derecho de la empresa, y que ya abrió su convocatoria para el segundo semestre del año 2020, pudiendo encontrar más detalles en la página de Facebook del Centro.

Descargar presentación en PDF de Hernán Garay y de Víctor Pavez Tolosa.

Para ver el conversatorio online ingrese aquí:

Administración Web por Taller Digital