Delitos económicos que impactan las operaciones de comercio exterior fue el tema central que se abordó en una nueva sesión del Comité Internacional | CNC

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Delitos económicos que impactan las operaciones de comercio exterior fue el tema central que se abordó en una nueva sesión del Comité Internacional

12/12/2023
  • Javier Uribe, abogado y consultor aduanero, estuvo a cargo de la exposición, donde repaso las facultades y fiscalización del Servicio Nacional de Aduanas, los riesgos aduaneros, la Ley de Delitos Económicos y la ley que Fortalece la Legislación en materia de Contrabando.

Presidida por Patricio Zulueta, y de manera híbrida, se llevó a cabo una nueva sesión del Comité Internacional de la CNC. En esta oportunidad y con la participación de Javier Uribe, abogado, consultor aduanero, ex subdirector de Fiscalización y ex jefe del Departamento Judicial del Servicio Nacional de Aduanas, se abordaron los delitos económicos y otras modificaciones legales que tienen impacto en las operaciones de comercio exterior.

“Respecto al tema que hoy nos convoca, quisiera realizar una breve reflexión. La nueva ley de delitos económicos y ambientales fue publicada el pasado 17 de agosto, después de 4 años de tramitación legislativa. Cabe recordar que esta regulación se construyó en base a 2 proyectos de ley, cuyo objetivo fue abordar la conmoción y rechazo social que generan los delitos de naturaleza económica y su impacto en el orden público económico, por ello, a través de esta normativa se busca dar respuesta y enfrentar la débil regulación que según los autores del proyecto tenía nuestro ordenamiento jurídico, lo que impedía sancionar de forma efectiva a quienes cometen o participan en ilícitos penales de naturaleza económica”, contextualizó Zulueta.

En esa misma línea, explicó que esta nueva ley se establece un estatuto diferenciado de determinación de pena para los denominados delitos de cuello y corbata, creando cuatro categorías de delitos económicos; se dispone además que todo delito económico conlleva siempre una pena de multa, que se aplicará a través de un sistema de días-multa; regula inhabilitaciones especiales, por ejemplo, para ejercer un cargo público, para el ejercicio de cargos gerenciales y para contratar con el Estado; incorpora delitos que atentan contra el medio ambiente, como la contaminación de aguas y suelos, y el daño a parques nacionales y humedales”.

En el ámbito del comercio exterior, Zulueta señaló que “esta ley también impone obligaciones y responsabilidades a las personas y empresas que realizan operaciones internacionales. Por lo tanto, su implementación también será un desafío para las agencias de aduanas, tanto a nivel de gestión documental, capacitación y especialización, como de modernización de los procesos de comercio exterior. En efecto, la utilización de tecnologías como la inteligencia artificial y el análisis de datos puede facilitar la detección de patrones y comportamientos sospechosos”, enfatizó el presidente de la Comisión Internacional.

En este sentido, reflexionó sobre el llamado a mirar esta nueva normativa “como una oportunidad de cómo involucrarnos en la prevención de los delitos desde los más altos niveles, por ejemplo, fortaleciendo la figura de los encargados de compliance que pasan a tener un rol muy relevante, ajustando los sistemas de prevención de delitos, y tomando los resguardos necesarios en caso de enviar información sobre la empresa a terceros, o en el manejo de los secretos comerciales, por mencionar algunos casos”.

Para finalizar, el presidente del Comité agregó que “hace un par de semanas se promulgó la ley que tipifica como delito el contrabando de dinero, incluyendo su ingreso o extracción del territorio nacional. La relevancia de este proyecto de ley es que actualiza las herramientas penales para enfrentar el delito de contrabando, eleva las penas que la legislación actual considera como faltas, incorpora el contrabando de dinero como delito y agrava aún más la sanción si los bienes o dinero que son parte del contrabando se obtuvieron por medio de un delito”.

A continuación, Javier Uribe en su exposición abordó los delitos económicos y otras modificaciones legales que tienen impacto en las operaciones de comercio exterior. Primero, el abogado realizó un breve repaso de las facultades del Servicio Nacional de Aduanas: cuáles son sus funciones, potestad aduanera y focos de la fiscalización. Después analizó cómo fiscaliza y sus resultados.

Posteriormente, Uribe se refirió a la Ley de Delitos Económicos, la que crea cuatro categorías de delitos. También comentó acerca de la inaplicabilidad a micro y pequeñas empresas, los delitos económicos de segunda categoría y qué delitos aduaneros se consideran delitos económicos.

Además, el abogado se refirió al fortalecimiento de la legislación en materia de contrabando, donde se establece un nuevo delito en relación con la procedencia ilícita de la mercancía; se tipifica el delito de contrabando de dinero; se aumenta el plazo de prescripción de la acción penal de los delitos sancionados en la Ordenanza de Aduanas; se modifica el ejercicio de la acción penal por el delito de contrabando; se aumentan las penas del delito de contrabando; también se aumentan las penas del delito aduanero sobre falsedades documentales, se modifica el ejercicio de la acción penal por el delito de contrabando y se limita la facultad de Aduanas para renunciar a la acción penal.

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