CNC y AGEST se reunieron con la Dirección del Trabajo para evaluar las dificultades en la implementación del registro electrónico laboral
- En la instancia ambas instituciones se comprometieron a generar líneas de trabajo conjunta que permitan hacer más sencilla la forma en que las empresas deban cumplir con las obligaciones e informar también a estas, sobre todo a las más pequeñas, cuáles son las obligaciones legales en materia laboral y cómo cumplir con ellas.
En la audiencia, solicitada por lobby, participaron el director CNC y presidente de la Asociación Gremial de Empresas de Administración y Externalización de Recursos Humanos (AGEST), Héctor Guerra; Alfred Budschitz, gerente general y Reinaldo Gajewski, asesor legal, ambos de AGEST y María José Rojas, asesora legal de la CNC y por parte de la Dirección del Trabajo, Jorge Meléndez, jefe del Departamento de Inspección y Harold Espinosa, jefe de Unidad, Planes y Sistemas Tecnológicos del mismo departamento.
En la instancia, AGEST y la CNC dieron a conocer las dificultades que ha significado la implementación del Registro Electrónico Laboral y el cumplimiento, por parte de las empresas, de las obligaciones referentes a dicho Registro, que incluyen problemas en el uso de la plataforma, imposibilidad de realizar una carga masiva de los documentos en casos de empresas con grandes volúmenes de trabajadores y el costo que asimismo ha implicado.
El REL (Registro Electrónico Laboral) nace al alero de la Ley N° 21.327, que moderniza la labor de la Dirección del Trabajo, buscando incorporar a la digitalización lo referente al manejo de la documentación y cumplimiento normativo en las relaciones laborales. Su regulación establece, entre otras cosas, que el empleador debe registrar ciertos documentos, con la indicación de los datos e información que se específica, como el Contrato de Trabajo, dentro de los 15 días hábiles siguientes a su celebración; las terminaciones del Contrato de Trabajo, dentro de 3, 6 o 10 días hábiles, según sea la causal de término; el Libro de Remuneraciones Electrónico, mensualmente, dentro de los primeros 15 días hábiles del mes siguiente al respectivo pago, entre otros.
Sin embargo, producto de fallas del sistema durante el año 2022, la autoridad tuvo que aplazar hasta el mes de junio de 2023 el cumplimiento de todas las obligaciones, con excepción de registrar los contratos de trabajo nuevos. En dicho sentido, y ante lo que ha significado este proceso para las empresas, los plazos de cumplimiento y las dificultades, es que en la cita desarrollada entre los gremios y la autoridad administrativa se revisaron estos temas y la mejor manera de abordarlos, permitiendo así a las empresas un cumplimiento ordenado y sencillo, haciendo más eficiente el trabajo.
Por su parte, desde la Dirección del Trabajo comentaron que se encuentran trabajando en soluciones para facilitar la carga de los datos de los trabajadores que cada empresa requiere mantener en el Registro, con el objeto de cumplir con la normativa. Además, ambas instituciones se comprometieron a generar líneas de trabajo conjunta que permitan hacer más sencilla la forma en que las empresas deban cumplir con las obligaciones e informar también a estas, y sobre todo a las más pequeñas, cuáles son las obligaciones legales en materia laboral y cómo cumplir con ellas.